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Por: LICDA. XENIA MASSIELL VALLADARES CANALES
Publicado: 2022-12-15
La globalización como fenómeno dinámico tiene una larga historia, sin embargo, es a partir del desarrollo de la producción en la Edad Media que logra avances significativos en las sociedades del mundo. La globalización en el mundo contemporáneo requiere y permite la reformulación del Derecho Internacional, lejos del modelo de una sociedad de Estados y orientado a un modelo de sociedad global, modificando la naturaleza de las relaciones sociales globales e intensificando la sociedad de Estados. Todos los cambios que parten de los procesos globalizadores traen consigo la restructuración del Derecho Internacional como un Derecho Público y expande el dominio de la justicia de un ámbito local a uno global con base en las doctrinas e instituciones tales como los conceptos de fronteras, soberanía, legitimidad, ciudadanía y control territorial de recursos.
El mundo contemporáneo ha tenido como fundamento de su articulación al Estado como principal sujeto del Derecho Internacional, el cual se ha vuelto referencia en el sistema internacional. Pero más que desarrollar la teoría general del Estado y del Derecho sobre la globalización, este artículo se enfocará al efecto que ha tenido la globalización sobre el Estado y el Derecho Internacional.
Asimismo, se puede mencionar que antes de la globalización existieron eventos devastadores como las dos guerras mundiales lo cual ha modificado el orden mundial como el sistema jurídico internacional, pues han evidenciado la necesidad de tomar en cuenta dentro del derecho internacional a los individuos y no sólo a los Estados. Las aproximaciones que se presentan en la actualidad: el Estado, la soberanía y el derecho internacional, son factores que determinan la globalización y que han tenido una incidencia en el derecho internacional en la actualidad.
Estados, Globalización y Derecho Internacional.
El modelo actualmente dominante acerca de la base social del Derecho Internacional es el modelo de la sociedad de Estados. Desde esta perspectiva, el Derecho Internacional construye un espacio ordenado. En otras palabras, el Derecho Internacional existe para ordenar una comunidad donde los Estados desde siempre han sido considerados los sujetos primogénitos.
Partiendo por el Estado a este se le ha considerado como “un mecanismo de conducción de la voluntad política de la sociedad”. Se dice que el Estado moderno, se formó en el contexto de las divisiones políticas y los conflictos religiosos. Algunos autores concebían al Estado como “fortalezas cerradas, protegidas por el principio de la no injerencia”, hasta llegando aquellos que consideran al Estado como una sociedad humana establecida en el territorio, estructurada y regida por un orden jurídico.
Y es que el fenómeno de la globalización ha transformado significativamente al Estado y más específicamente, su soberanía. Al hablar de globalización, menciona Manuel Atienza (2010), se debe distinguir entre el fenómeno de la globalización y la conceptualización jurídica del mismo.
Ahora bien, respecto al Derecho Internacional, conviene realizar un repaso histórico-jurídico, que parte desde el nombre de esta disciplina, mismo que fue utilizado por primera vez por Jeremy Bentham, desde las primeras concepciones del Derecho Internacional con Hugo Grocio y Francisco de Vitoria hasta el fin de la Segunda Guerra Mundial, éste era el mínimo jurídico necesario para la regulación de las relaciones de coexistencia y cooperación entre Estados soberanos que reconocía exclusivamente a los Estados como sujetos a los que se aplicaba este ordenamiento.
La globalización implica y alimenta el conocimiento, la ciencia, la tecnología, los Estados, los agentes privados, las redes, las empresas multinacionales, los Derechos Humanos, entre otras cosas. Sin embargo, hay un rasgo que domina sobre otros: el comercio internacional que va encaminado a un ambiente de universalidad. Por lo tanto, la globalización es un fenómeno que sucede dentro de las fronteras de los Estados y fuera de estos es un tema transfronterizo en el que va enmarcado el Derecho Internacional.
La concepción del Estado ha sido modificada en la actualidad debido a diversos motivos, entre los que se pueden destacar las dos guerras mundiales y posteriormente, la globalización. Ahora bien, las características propias del sistema jurídico internacional contemporáneo, también se deben a la globalización, pues al difuminar ésta, las fronteras, debido al libre movimiento de personas, capitales y productos, propició que elementos fundamentales del Estado, como la soberanía, se expandiera.
Estos elementos son fundamentales para el Derecho Internacional, por lo que a su vez llevó a que éste evolucionara en su forma actual que regula las relaciones ya no sólo entre Estados, sino entre éstos y otros actores no-estatales, así como, por ejemplo, la tipificación de crímenes internacionales que atentan contra la paz y seguridad internacional.
Referencia Bibliográfica
Burgos Silva, José German M. (Eds.). (2011). Derecho internacional; globalización; diferencia internacional; conflictos de la globalización. Universidad de Antioquia. https://revistas.udea.edu.co/index.php/red/article/view/11376
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