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Ser una institución con altos estándares de calidad, capaz de responder a través de sus funciones básicas a los retos emergentes de la sociedad, formando profesionales con capacidad técnica-científica, con vocación de servicio, principios morales sólidos, proactivos, dinámicos, que se interesen por aportar en la construcción de una sociedad más justa.
Por: Mtr. José Miguel Saravia Dueñas
Publicado: 2022-07-05
Desde hace mucho, y como ciencia paralela al desarrollo del Derecho Penal como la ciencia que ahora conocemos, la criminología ha sido de gran utilidad a la política criminal y a la investigación criminal, así como dentro de los procesos penales para tener un acercamiento al elemento más importante del delito, es decir al criminal.
A lo largo de esta historia, el delincuente ha sido objeto de estudio de la criminología, convirtiéndose en el actor principal, no es de menos, ya que es este quien realiza las conductas descritas por los códigos penales y este mismo quien recibe el reproche social producto de su acción u omisión.
Varios autores han buscado la forma de explicar la criminalidad, que factores son determinantes o impulsan a que un individuo decida cometer un ilícito, producto de una conducta desviada que no es aceptada por el ordenamiento jurídico y que trae como consecuencia legitima la imposición de una pena, producto del ejercicio del ius puniendi estatal (facultad de imponer penas). El control social, es clave en el desarrollo criminal, este, tanto en su manifestación formal como informal, quien desde la etapa temprana de los individuos se les enseña los comportamientos socialmente aceptados, La familia, la religión, la escuela, y por supuesto, las instituciones estatales conforman ese control social, que indica como las personas deben de conducirse, con mayores o menores consecuencias.
La explicación de la criminalidad ha venido desarrollándose a lo largo del tiempo, desde las teorías que mostraban la conducta antisocial como un gen patológicamente adquirido y que se desarrollaba en el criminal nato, hasta las modernas teorías que conciben al delincuente como un producto social, resultado de diversos factores como por ejemplo la falta de oportunidades de éxito (Teorías de la anomía) teorías de la desigualdad social (Teoría marxista), por ser aprendidas dentro de un grupo que se considera diferente a los demás y que neutralizan las conductas antisociales justificándolas (Teorías del aprendizaje), así mismo, producto de los avances tecnológicos, de la globalización y la cuarta revolución industrial en la que vivimos, se han derivado otros tipos de delincuentes, extraños para las teorías más clásicas como por ejemplo la “delincuencia de cuello blanco”. Estas teorías, son de suma utilidad para la creación de políticas criminales más eficientes, para las teorizaciones dogmáticas más precisas sobre el actuar criminal y su manera de prevención y para valorar la necesidad de nuevas fórmulas penales como el adelantamiento de las barreras de protección penal con ciertos tipos penales.
Nuestro país no es la excepción, el estudio de la criminología es importante con respecto al estudio de la naturaleza criminal, las corrientes criminológicas como la de la asociación diferencial, es decir el criminal de cuello blanco aprende conductas delictivas de otros individuos dentro de su mismo circulo de personas, las cuales poseen un alto perfil social replicando las conductas antisociales que afectan el orden económico estatal y afectando a la sociedad misma. Otras teorías como la del etiquetamiento o Labelling Aproach, donde se etiqueta al autor del ilícito y que se aparta de las normas establecidas, existe un etiquetamiento de segundo nivel, donde el individuo se auto etiqueta como delincuente se resigna y se integra a los grupos criminales incluso se siente orgulloso de ser relacionado con dichos grupos criminales.
El crimen organizado en nuestro país es muestra latente de la criminalidad tendiente y es notorio como a través de los procesos de inadaptación social se prolifera más y más, es responsabilidad del profesional del derecho no hacer caso omiso al fenómeno criminal y abonar desde las áreas profesionales, dogmáticas y jurisprudenciales plantear estrategias para el combate del crimen organizado y la criminalidad moderna.
Referencias bibliográficas.
-Ulrich Beck, “De la sociedad industrial a la sociedad del riesgo”, Revista de Occidente, núm. 150, trad. Del Río Herrmann, (Madrid,1993), Pág. 19
-Juan Bustos Ramírez, Control Social y sistema penal, 2 ed. (Bogotá, Editorial Temis, 2012), Pág.237
-Klaus Tiedemann, Lecciones de Derecho Penal Económico, (Barcelona, Promociones y Publicaciones Universitarias, 1993), Pág34-36.
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